Resolución N° 513/09/1000
Nro de Expediente:
5220-016897-09
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
26/10/2009


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de U.R. 20,5861 (Unidades Reajustables veinte con 5861/10.000) a la Sra. Lydia Ventura Coppola, C.I. 1.009.002-7, con domicilio a los efectos legales en la calle Stella Maris, manzana 760, solar 14 de la Ciudad de la Costa, Departamento de Canelones,

Montevideo, 26 de Octubre de 2009.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el inmueble ubicado en la calle Felipe Sanguinetti 2564;
        RESULTANDO: 1o.) que el 28/8/09, la Dra. Alexandra González, presenta nota ante el Servicio Central de Inspección General, solicitando saber si la finca en cuestión cuenta con la correspondiente habilitación para ser arrendada (adjunta copia del contrato de arrendamiento, del cual surge su calidad de arrendadora de la vivienda de obrados la Sra. Lydia Ventura Coppola);
        2o.) que el 31/8/09, el precitado Servicio informa que el inmueble sito en la calle Felipe Sanguinetti 2564, no registra la anotación de solicitud de permiso de arrendamiento;
        3o.) que 7/9/09, el Servicio Central de Inspección General eleva las actuaciones sugiriendo la aplicación de una multa de U.R. 20,5861 a la Sra. Lydia Ventura Coppola, C.I. 1.009.002-7, por infracción al art. 1° del Decreto N° 21.182 y Resolución N° 192.318, de 31/10/83, en su Art. 10°, que establece que los apartamentos o fincas arrendadas deben contar con la habilitación de la I.M.M., o serán sancionados con el equivalente en Unidades Reajustables a un mes de alquiler, de acuerdo con el Decreto N° 21.626, calculado el valor de la UR al momento en que se cometió la infracción (19/3/09);
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución N° 3222/05, de 13/VII/05, el señor Intendente Municipal delegó en el Secretario General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de U.R. 55;
        3o.) que la Prosecretaría

        General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 20,5861 (Unidades Reajustables veinte con 5861/10.000) a la Sra. Lydia Ventura Coppola, C.I. 1.009.002-7, con domicilio a los efectos legales en la calle Stella Maris, manzana 760, solar 14 de la Ciudad de la Costa, Departamento de Canelones, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes, al Servicio Centro Comunal Zonal No. 6, a la Junta Local de la Zona No. 6 y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente.-

ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-