Resolución N° 5328/12
Nro de Expediente:
6003-000826-12
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
3/12/2012


Tema:
DECLARAR DE INTERES

Resumen:
Se declara de Interés de esta Intendencia el uso de tecnologías de código abierto en las aplicaciones informáticas desarrolladas, adoptadas o adquiridas por la Institución, en las condiciones se establecen.-

Montevideo, 3 de Diciembre de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Dirección de la División Tecnología de la Información, referentes a la solicitud de consolidar a nivel institucional las políticas de utilización de software, estándares y protocolos abiertos a nivel tecnología de la información (software libre);
        RESULTANDO: 1º) que a nivel mundial se constata la consolidación de tecnologías de software, de código abierto en el desarrollo de servicios informáticos, tanto a nivel de software de base como en aplicaciones de uso final;
        2º) que esta Intendencia ha tenido varias experiencias exitosas en la incorporación de herramientas de software de código abierto, incluyendo aplicaciones de escritorio, sistemas operativos y herramientas para desarrollo y soporte de aplicaciones, así como en la liberación de software desarrollado por ella bajo licencia de software de código abierto;
        3º) que este tipo de tecnologías, en conjunto con estándares abiertos y de uso extendido, favorecen la interoperabilidad entre aplicaciones y servicios informáticos, tanto dentro de la Institución como en su relación con otras instituciones y con la comunidad en general;
        4º) que su utilización en un marco de apoyo a la investigación y la innovación, contribuye a la independencia tecnológica de la institución y permite generar sinergias hacia una sociedad de conocimiento;
        5º) que existen soluciones basadas en estas tecnologías con un grado de desarrollo y soporte tal que permite su utilización a nivel corporativo, en los diversos aspectos del desarrollo de software y a nivel de aplicaciones;
        CONSIDERANDO: 1º) que software de código abierto es aquel que cumple con los siguientes requisitos (establecidos por la Free Software Foundation):
        a) el software puede ejecutarse con cualquier propósito;
        b) el software puede ser estudiado y adaptado para otras necesidades, siendo el acceso al código fuente un prerequisito para esta libertad;
        c) el software puede ser mejorado y las mejoras hechas públicas, con el objetivo de beneficiar a la comunidad, siendo el acceso al código fuente un prerequisito por esta libertad;
        d) el software puede ser redistribuido;
        2º) que standard abierto es el disponible públicamente y sobre el que no existen restricciones para su uso;
        3º) que formato abierto es aquella especificación para almacenamiento de datos disponible públicamente, y sobre el que no existen restricciones para su uso;
        4º) que la Dirección General del Departamento de Planificación estima procedente el dictado de Resolución;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Declarar de Interés de esta Intendencia el uso de tecnologías de código abierto en las aplicaciones informáticas desarrolladas, adoptadas o adquiridas por la Institución.-
        2.- Establecer que toda la información publicada por la Intendencia deberá estar en formatos abiertos y sobre los que ninguna entidad tenga control exclusivo.-
        3.- Establecer que para los desarrollos realizados en la Institución se prefieran tecnologías de código abierto y basadas en estándares abiertos.-
        4.- Promover la publicación de los desarrollos realizados en la Institución como software de código abierto.-
        5.- Encomendar a la División Tecnología de la Información la inmediata instrumentación de los mecanismos idóneos para asegurar que esta política se extienda a toda la Institución.-
        6.- Comuníquese a todos los Departamentos, a todos los Municipios, a las Divisiones Asesoría Jurídica, Información y Comunicación, a la Contaduría General y pase a la División Tecnología de la Información a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-