Resolución N° 4076/13
Nro de Expediente:
6440-000050-13
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
9/9/2013


Tema:
MODIFICACIONES

Resumen:
Se modifica el Artículo 2o.- de la reglamentación del Artículo 19 del Decreto No. 29.674 de 29 de octubre de 2001, aprobada por Resolución No. 2763/10 de 24 de junio de 2010, para el caso de exoneraciones tributarias sobre inmuebles declarados Monumento Histórico Nacional y/o Bien de Interés Departamental y/o Bienes catalogados con Grados de Protección 2, 3 y 4 en los Inventarios Patrimoniales.

Montevideo, 9 de Setiembre de 2013.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 2763/10 de 24 de junio de 2010 se aprobó la reglamentación del Artículo 19 del Decreto No. 29.674 de 29 de octubre de 2001;
        RESULTANDO: 1o.) que el Artículo 2o. de la referida reglamentación refiere a la cartelería en lo que respecta a las exoneraciones tributarias sobre bienes inmuebles;
        2o.) que la Unidad de Patrimonio sugiere la modificación del Artículo 2o. para el caso de inmuebles declarados Monumento Histórico Nacional y/o Bien de Interés Departamental y/o Bienes catalogados con Grados de Protección 2, 3 y 4 en los Inventarios Patrimoniales, proponiendo sobre la base del mismo tamaño de placa al establecido en la Resolución No. 2763/10 un rediseño que verticalice la forma (35 cms. de alto x 25 cms. de ancho) e incorpore: el escudo y el logo de la Intendencia de Montevideo, información básica del bien (nombre, año, autor, calidad de Monumento Histórico Nacional y/o Bien de Interés Departamental) y un código QR que enlace con la ficha del Inventario Patrimonial (en caso que esté disponible) o con la página web de la Intendencia de Montevideo, además del texto establecido que informa sobre la exoneración de Contribución Inmobiliaria;
        3o.) que también se específica el procedimiento a seguir para la implementación de lo propuesto;
        4o.) que la División de Planificación Territorial comparte las consideraciones y propuestas de la Unidad de Patrimonio, correspondiendo se promueva resolución modificando el Art. 2 de la Resolución No. 2763/10 en lo que respecta a la formalización del cartel;
        5o.) que la Asesoría Jurídica del Departamento de Recursos Financieros comparte lo expresado precedentemente;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Recursos Financieros provee de conformidad;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Modificar el Artículo 2o.- de la reglamentación del Artículo 19 del Decreto No. 29.674 de 29 de octubre de 2001, aprobada por el numeral 1º de la Resolución No. 2763/10 de 24 de junio de 2010, estableciendo que para el caso de exoneraciones tributarias sobre inmuebles declarados Monumento Histórico Nacional y/o Bien de Interés Departamental y/o Bienes catalogados con Grados de Protección 2, 3 y 4 en los Inventarios Patrimoniales la placa a colocar será de 35 cms. de alto x 25 cms. de ancho y su diseño, memoria descriptiva y definición precisa de la ubicación de la placa a instalar la suministrará la Unidad de Patrimonio (UPP) o la Comisión Especial Permanente (CEP) respectiva al momento de la presentación de la solicitud de exoneración, cuya realización e instalación estará a cargo del propietario del bien. La oficina competente (UPP o CEP) inspeccionará e informará acerca del cumplimiento de lo dispuesto.-
        2o.- Comuníquese a la Secretaría General, a las Divisiones de Planificación Territorial, Administración de Ingresos y Comunicación y al Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica y a la Unidad de Patrimonio y pase al Departamento de Planificación.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-