Resolución N° 595/01/2000
Nro de Expediente:
2240-002194-99
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
6/6/2001


Tema:
MULTAS

Resumen:
Multa Propaganda, Art. D. 2397 a nombre de la firma BORIL S.A., RUC 213604120015, ubicada en Av. 18 de Julio No. 2051. Propaganda en sede.

Montevideo, 6 de Junio de 2001.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con infracciones al Art. D. 2397 del Digesto Municipal, al colocar propaganda sin el permiso respectivo;
        RESULTANDO: 1o.) que el Decreto No. 23.708 promulgado por Resolución No. 8752/87 faculta a esta Comuna a fijar en U.R. los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Comerciales sugiere la aplicación de una multa por contravenir las disposiciones vigentes;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 2478/00 de 17 de julio de 2000, el Intendente Municipal de Montevideo, delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de aplicar multas;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Aplicar a la firma BORIL S.A., RUC 213604120015, ubicada en Av. 18 de Julio No. 2051, una multa de UNIDADES REAJUSTABLES CINCUENTA Y CINCO (UR 55), por contravenir lo establecido en el Artículo D. 2397 del Digesto Municipal al colocar propaganda en sede sin el permiso respectivo.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Comerciales para su cumplimiento.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-