Resolución N° 627/08/2000
Nro de Expediente:
2230-035254-07
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
14/3/2008


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Segunda Iglesia de Cristo, Científico, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 7137/001, ubicado en la calle Cerro Largo No. 1172, por el período 2007 a 2008 inclusive.-

Montevideo, 14 de Marzo de 2008.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Segunda Iglesia de Cristo, Científico, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 7137/001, ubicado en la calle Cerro Largo No. 1172;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ya fue beneficiada con la franquicia fiscal hasta el ejercicio 2006, según Resolución No. 4125/02/2000 de 5 de noviembre de 2002;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos previstos en la Resolución No. 7856/88 de 13 de setiembre de 1988, puede otorgarse la exoneración del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria, al amparo de lo establecido en el Art. 5o. de la Constitución de la República, al inmueble padrón No. 21.723, a partir del ejercicio 2006, por lo que la Comuna dejará de percibir la suma anual aproximada de $ 15.759,00;
        CONSIDERANDO: 1o.) que corresponde acceder a la exoneración del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble padrón No. 7137/001, por el período 2007 a 2008 inclusive;
        2o.) que por Resolución No. 3219/05 de 13 de julio de 2005, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos


        Financieros la facultad de conceder exoneraciones del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Segunda Iglesia de Cristo, Científico, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 7137/001, ubicado en la calle Cerro Largo No. 1172.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 5o. de la Constitución de la República, por el período 2007 a 2008 inclusive, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir la suma anual aproximada de $ 15.759,00.-
        3o.- En caso de modificarse alguna de las condiciones que permiten el otorgamiento de la exoneración, inmediatamente cesará el beneficio fiscal, estando obligado el beneficiario a comunicarlo a esta Intendencia Municipal.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

CR. ENRIQUE CABRERA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-