Resolución N° 96/11/2000
Nro de Expediente:
2230-045204-10
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
26/1/2011


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Unión Nacional de Ciegos del Uruguay (UNCU) del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 7695/002, al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2010 a 2014 inclusive.

Montevideo, 26 de Enero de 2011.-
 
        VISTO: la gestión de la Unión Nacional de Ciegos del Uruguay (UNCU), solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 7695/002, ubicado en la calle Mercedes No. 1327;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ya fue beneficiada con la franquicia fiscal por los ejercicios 2008 a 2009 inclusive, según Resolución No. 351/09/2000 de 17 de julio de 2009;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que corresponde acceder a la exención solicitada, pues la gestionante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69o. de la Constitución de la República, en el porcentaje del 100% del impuesto de referencia, por el período 2010 a 2014 inclusive, dejando de percibir la Intendencia la suma anual aproximada de $ 6.717,00;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Administración de Ingresos comparte el informe precedente;
        2o.) que por Resolución No. 3079/10 de 12 de julio de 2010, la señora Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos

        Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Unión Nacional de Ciegos del Uruguay (UNCU) del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 7695/002, ubicado en la calle Mercedes No. 1327.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2010 a 2014 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 6.717,00.-
        3o.- En caso de modificarse cualquiera de las condiciones que dan mérito a la exoneración que se otorga, es obligación del beneficiario, informar a la Intendencia Municipal de dichas modificaciones.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Ec. ARTURO ECHEVARRÍA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-