Resolución N° 709/09/2000
Nro de Expediente:
2230-010193-09
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
27/11/2009


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al Instituto de las Hermanas Hijas de María Auxiliadora (Salesianas), del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 176.081, 48.032, 421.062, 165.710, 46.592, 420.271, 1.495, 1.498, al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por el ejercicio 2009.

Montevideo, 27 de Noviembre de 2009.-
 
        VISTO: la gestión realizada por el Instituto de las Hermanas Hijas de María Auxiliadora (Salesianas), solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 176.081, 48.032, 421.062, 165.710, 46.592, 420.271, 1.495, 1.498;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ya ha sido beneficiada con la franquicia fiscal por Res. Nos. 1928/08/2000 hasta el ejercicio 2008;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos previstos por la Res. 7856/88 de 13/9/88 y el Art. 448o. de la Ley No. 16.226 de 29/10/91, puede otorgarse la exoneración solicitada al amparo de lo establecido en el Art. 69o. de la Constitución de la República, a partir del ejercicio 2009, dejando de percibir anualmente la Comuna la suma total aproximada de $ 504.171,00;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Administración de Ingresos Municipales comparte lo informado precedentemente;
        2o.) que por Resolución No. 3219/05 de 13 de julio de 2005, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de conceder exoneraciones del impuesto de

        Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al Instituto de las Hermanas Hijas de María Auxiliadora (Salesianas), del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 176.081, 48.032, 421.062, 165.710, 46.592, 420.271, 1.495, 1.498.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por el ejercicio 2009, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 504.171,00.-
        3o.- Al vencimiento del período de exoneración, los interesados deberán gestionar nuevamente el otorgamiento de la precitada exoneración, en caso de querer acogerse a la misma de futuro.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. Enrique Cabrera, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-