Resolución N° 565/13/2000
Nro de Expediente:
2230-027395-12
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
30/4/2013


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación Civil Sacerdotes del Sagrado Corazón de Jesús, al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 194.112 y 409.512 por el período 2008 a 2015 inclusive y padrón No. 419.985 por los ejercicios 2011 a 2015 inclusive, dejando de percibir anualmente esta Intendencia la suma total aproximada de $ 77.190,00,00.

Montevideo, 30 de Abril de 2013.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Asociación Civil Sacerdotes del Sagrado Corazón de Jesús, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 194.112, 409.512 y 419.985, ubicados en Dr. José María Silva No. 3980, Av. Aparicio Saravia No. 4518 y Antillas No. 5475 respectivamente;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ha sido objeto de similar exención fiscal, según Resoluciones Nos. 1294/08 y 2011/12;
        2o) que habiéndose dado cumplimiento a los requisitos previstos por la Res. 7856/88 de 13/9/88 y el Art. 448o. de la Ley No. 16.226 de 29/10/91, puede otorgarse la exoneración solicitada al amparo de lo establecido en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2011 a 2015, para el padrón No. 419.985 y por el período 2008 a 2015 para los padrones Nos. 194.112 y 409.512, dejando de percibir anualmente esta Intendencia la suma total aproximada de $ 77.190,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos entiende procedente promover Resolución que exonere del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales a los referidos padrones, propiedad de la Asociación Civil "Sacerdotes del Sagrado Corazón de Jesús";
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3079/10 de 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de conceder exoneraciones tributarias a instituciones culturales y de enseñanza privada;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Asociación Civil Sacerdotes del Sagrado Corazón de Jesús, al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del 100% (cien por ciento) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 194.112 y 409.512 por el período 2008 a 2015 inclusive y padrón No. 419.985 por los ejercicios 2011 a 2015 inclusive, dejando de percibir anualmente esta Intendencia la suma total aproximada de $ 77.190,00,00 (pesos uruguayos setenta y siete mil ciento noventa).-
        2o.- En caso de modificarse cualquiera de las condiciones que dan mérito a la exoneración que se otorga, es obligación del beneficiario, informar a la Intendencia de dichas modificaciones.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para notificación del interesado y a sus efectos.-

Ec. Arturo Echevarría, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-