Resolución N° 712/09/2000
Nro de Expediente:
6301-000934-05
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
27/11/2009


Tema:
FALLO-TRIBUNAL DE QUITAS ESPERAS

Resumen:
No se hace lugar a lo solicitado por los vecinos del Barrio "La Esperanza", por no ajustarse a derecho.

Montevideo, 27 de Noviembre de 2009.-
 
        VISTO: lo dispuesto por el Decreto No. 30.044 de 22 de agosto de 2002, promulgado por Resolución No. 3420/02 de 2 de setiembre de 2002 y su reglamentación aprobada por Resolución No. 2042/03 del 30 de mayo de 2003 y sus modificativas;
        RESULTANDO: que el Tribunal de Quitas y Esperas expresa que la situación planteada en estas actuaciones no se encuentra amparada por el Decreto No. 30.044 y su reglamentación, por lo que corresponde dictar Resolución denegatoria por no corresponder a derecho;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 398/06 del 30 de enero de 2006 el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de dictar las resoluciones denegatorias de las solicitudes presentadas por los contribuyentes;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- No hacer lugar a lo solicitado por los vecinos del barrio que a continuación se detalla, por no ajustarse a derecho:
        Nombre Dirección
        Barrio "La Esperanza" Machíes No. 3518
        2o.- Comuníquese a los Servicios de Gestión de Contribuyentes, de Ingresos Inmobiliarios y Administración de Saneamiento, al Equipo de Desarrollo 1 y pase por su orden al Sector Despacho del Departamento

        de Recursos Financieros para realizar la notificación a los interesados y al Tribunal de Quitas y Esperas.-

Cr. Enrique Cabrera, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-