Resolución N° 705/09/2000
Nro de Expediente:
2230-024023-09
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
27/11/2009


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Fundación Missio Uruguay, al amparo del Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 7.864/102, por el período 2007 a 2009 inclusive.

Montevideo, 27 de Noviembre de 2009.-
 
        VISTO: la gestión de la Fundación Missio Uruguay, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad, padrón No. 7.864/102, ubicado en la calle Dr. Javier Barrios Amorin No. 1531;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ha sido objeto de similar exención fiscal por los ejercicios 2005 y 2006, según Resolución No. 916/08;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que corresponde acceder a la exención del impuesto de Contribución Inmobiliaria, pues la solicitante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69o. de la Constitución de la República, otorgándose el 100% del mismo, a partir del ejercicio 2007, por lo que la Comuna dejará de percibir la suma anual aproximada de $ 9.777,00;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Administración de Ingresos Municipales comparte lo informado precedentemente;
        2o.) que por Resolución No. 3219/05 de 13 de julio de 2005, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución

        Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Fundación Missio Uruguay, al amparo del Art. 69o. de la Constitución de la República, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 7.864/102, ubicado en la calle Dr. Javier Barrios Amorin No. 1531 por el período 2007 a 2009 inclusive, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir la suma anual aproximada de $ 9.777,00.-
        2o.- Al vencimiento del período de exoneración, los interesados deberán gestionar nuevamente el otorgamiento de la precitada exoneración, en caso de querer acogerse a la misma de futuro.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. Enrique Cabrera, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-