Resolución N° 690/13/2000
Nro de Expediente:
2230-027458-12
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
16/5/2013


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Misión Evnagélica Europa y Mundial, al amparo de lo previsto en el Art. 5o. de la Constitución de la República, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 148.003, por el período 2009 a 2013 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 19.086,00.

Montevideo, 16 de Mayo de 2013.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Misión Evnagélica Europa y Mundial, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 148.003, ubicado en la calle Dr. Manuel Quintela No. 3280;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante fue exonerada en anterior oportunidad, según Resolución No. 228/09/2000 de 15 de junio de 2009, por los ejercicios 2007 y 2008;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que le corresponde a los mencionados padrones un porcentaje de exoneración del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales, al amparo de lo establecido en el Art. 5o. de la Constitución de la República por el período 2009 a 2013, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 19.086,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos comparte el informe precedente;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3079/10 de 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de

        conceder exoneraciones tributarias a templos religiosos;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Misión Evnagélica Europa y Mundial, al amparo de lo previsto en el Art. 5o. de la Constitución de la República, del pago del 100% (cien por ciento) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 148.003, ubicado en la calle Dr. Manuel Quintela No. 3280, por el período 2009 a 2013 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 19.086,00 (pesos uruguayos diecinueve mil ochenta y seis).-
        2o.- En caso de modificarse alguna de las condiciones que permiten el otorgamiento de la exoneración, inmediatamente cesará el beneficio fiscal, estando obligado el beneficiario a comunicarlo a esta Intendencia.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para notificación del interesado y a sus efectos.-

Ec. Arturo Echevarría, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-