Resolución N° 646/08/2000
Nro de Expediente:
2200-000164-04
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
14/3/2008


Tema:
EXONERACIONES - TRIBUTOS MUNICIPALES

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación Civil "Club Vramian" al amparo del Decreto No. 25.074, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad, padrones Nos. 80.270 y 80.271 por los ejercicios 1995 a 2002 y para el padrón No. 419.738 por los ejercicios 2003 a 2006 y del pago del 75% de la Tasa General Municipal al amparo del Art. 23o. del Decreto No. 26.949 para el padrón No. 419.738, por los ejercicios 2003 a 2006 inclusive.

Montevideo, 14 de Marzo de 2008.-
 
        VISTO: la gestión iniciada a obrados por la Asociación Civil "Club Vramian", solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria y de la Tasa General Municipal, que grava al inmueble de su propiedad padrones Nos. 80.270, 80.271 y 419.738 ubicado en Av. Millán No. 3872;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante expresa que a partir del año 2003 los padrones Nos. 80.270 y 80.271 se fusionaron en el padrón No. 419.738;
        2o.) que a dichos padrones le corresponde un porcentaje de exoneración del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria por los ejercicios 1995 a 2002 para los padrones Nos. 80.270 y 80.271, y por los ejercicios 2003 a 2006 para el padrón No. 419.738 dejando de percibir anualmente la Comuna la suma total aproximada de $ 26.760,00 y del 75% para la Tasa General Municipal por el padrón No. 419.738 por los ejercicios 2003 a 2006, dejando de percibir anualmente la Comuna la suma total aproximada de $ 1.620,00;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 1776/96 se aprobó la reglamentación del Art. 23 del Decreto Departamental No. 26.949 delegando en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la aprobación de las exoneraciones de pago de la Tasa General Municipal que se soliciten por primera vez por parte de las Instituciones Deportivas, estableciendo que para los ejercicios siguientes, el Servicio de Ingresos Inmobiliarios concederá la exoneración ante la presentación de la

        solicitud junto a la declaración jurada;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Asociación Civil "Club Vramian" al amparo del Decreto No. 25.074, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad, padrones Nos. 80.270 y 80.271 por los ejercicios 1995 a 2002 y para el padrón No. 419.738 por los ejercicios 2003 a 2006 inclusive, dejando de percibir anualmente la Comuna la suma total aproximada de $ 26.760,00.-
        2o.- Declarar exonerada a la mencionada Asociación al amparo del Art. 23o. del Decreto No. 26.949 del pago del 75% de la Tasa General Municipal que grava al inmueble padrón No. 419.738 ubicado en Av. Millán No. 3872, por los ejercicios 2003 a 2006 inclusive, por lo que la Comuna dejará de percibir anualmente la suma total aproximada de $ 1.620,00.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

CR. ENRIQUE CABRERA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-