Resolución N° 628/03/2000
Nro de Expediente:
2240-039865-02
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
5/2/2003


Tema:
SORTEOS Y RIFAS

Resumen:
Se convalida la promoción realizada por la firma Consorcio Americano de Publicidad S.A. (Lespan S.A. Cambio Gales), desde el 1o. de octubre hasta el 31 de diciembre de 2002.

Montevideo, 5 de Febrero de 2003.-
 
        VISTO: la gestión iniciada a obrados por la firma Consorcio Americano de Publicidad S.A. (Lespan S.A. Cambio Gales), solicitando autorización para realizar una promoción desde el 1o. de octubre hasta el 31 de diciembre de 2002;
        RESULTANDO: 1º.) que la gestionante explicita a obrados el mecanismo que regirá dicha promoción, así como los premios que se adjudicarán a las personas favorecidas, cuyo valor total asciende a la suma de $ 378.000,00;
        2º.) que el Servicio de Ingresos Comerciales, expresa que de otorgarse la autorización impetrada, la firma de que se trata deberá abonar por concepto de tasa de autorización el 5% del valor total de los premios, o sea $ 18.900,00, respecto a la garantía de fiel cumplimiento de obligaciones, la solicitante depositó la suma de U$S 2.700,00, importe que corresponde al 20% del valor de los premios;
        CONSIDERANDO: 1º.) que el sorteo proyectado se ajusta a la normativa municipal vigente en materia de sorteos comerciales gratuitos (Digesto Municipal - Tomo XIV - Título - Unico - Capítulo II) en mérito de ello corresponde proceder a su convalidación en la forma y condiciones establecidas;
        2º) que por resolución No. 2472/00 de 17 de julio de 2000, el Intendente Municipal de Montevideo, delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la

        facultad de convalidar y autorizar sorteos;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Convalidar la promoción realizada por la firma Consorcio Americano de Publicidad S.A. (Lespan S.A. Cambio Gales), desde el 1o. de octubre hasta el 31 de diciembre de 2002.-
        2º.- La interesada debe abonar por concepto de tasa de autorización el cinco por ciento (5%) del valor total de los premios, o sea PESOS URUGUAYOS DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS ($ 18.900,00). Respecto de la garantía de fiel cumplimiento de obligaciones la solicitante ya depositó la suma de DOLARES AMERICANOS DOS MIL SETECIENTOS (U$S 2.700,00) equivalente al veinte por ciento (20%) del valor de los premios .-
        3º.- Pase al Servicio de Ingresos Comerciales.-

Dr. ALVARO RICHINO, Director General Interino del Departamento de Recursos Financieros.-