Resolución N° 69/11/2000
Nro de Expediente:
2230-023902-10
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
24/1/2011


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerado al C.E.I.C. (CENTRO DE EDUCACION INTEGRAL CONSTRUCTIVISTA), del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan al inmueble de su propiedad, padrón No. 184.151, al amparo del Art. 69o. de la Constitución de la República, por el período 2010 a 2014 inclusive.

Montevideo, 24 de Enero de 2011.-
 
        VISTO: la gestión del C.E.I.C. (CENTRO DE EDUCACION INTEGRAL CONSTRUCTIVISTA), solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad, padrón No. 184.151, ubicado en la calle Pestalozzi No. 3860;
        RESULTANDO: 1o.) que el gestionante ha sido objeto de similar exención fiscal por los ejercicios 2008 a 2009, según Resolución No. 3166/09 de 3 de agosto de 2009;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que corresponde acceder a la exención del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales, pues la solicitante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69o. de la Constitución de la República, en el porcentaje del 100% por los ejercicios 2010 a 2014 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 28.518,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado precedentemente;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3079/10 de 12 de julio de 2010, la señora Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la

        facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerado al C.E.I.C. (CENTRO DE EDUCACION INTEGRAL CONSTRUCTIVISTA), del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan al inmueble de su propiedad, padrón No. 184.151, ubicado en la calle Pestalozzi No. 3860.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo del Art. 69o. de la Constitución de la República, por el período 2010 a 2014 inclusive, dejando de percibir anualmente esta Intendencia la suma aproximada de $ 28.518,00.-
        3o.- En caso de modificarse cualquiera de las condiciones que dan mérito a la exoneración que se otorga, es obligación del beneficiario, informar a esta Intendencia de dichas modificaciones.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Ec. ARTURO ECHEVARRÍA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-