Resolución N° 65/11/2000
Nro de Expediente:
2230-019670-10
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
24/1/2011


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación de Trabajadores de la Seguridad Social (ATSS), del pago del 75% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales, que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 14.223, al amparo de lo establecido en el Art. 34o. del Decreto No. 26.949, por el período 1998 a 2010, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 7.706,00

Montevideo, 24 de Enero de 2011.-
 
        VISTO: la gestión de la Asociación de Trabajadores de la Seguridad Social (ATSS), solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 14.223, ubicado en la calle Daniel Fernández Crespo No. 1780;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante adjunta a obrados certificación notarial acreditante de la propiedad dominial del inmueble de referencia a partir del 18 de diciembre de 1996 y testimonio notarial por exhibición de estatutos;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que corresponde exonerar al padrón No. 14.223, al amparo del Art. 34o. del Decreto No. 26.949, del pago del 75% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales, por el período 1998 a 2010 inclusive, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 7.706,00;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Administración de Ingresos comparte el informe precedente;
        2o.) que por Resolución No. 1775/96 de 29 de abril de 1996 se delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de exonerar a

        las Instituciones Sociales de carácter sindical que se soliciten por primera vez, del pago del 75% del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIOS DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Asociación de Trabajadores de la Seguridad Social (ATSS), del pago del setenta y cinco por ciento (75%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales, que gravan al inmueble de su propiedad padrón No. 14.223, ubicado en la calle Daniel Fernández Crespo No. 1780, al amparo de lo establecido en el Art. 34o. del Decreto No. 26.949, por el período 1998 a 2010 inclusive, por lo que la Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de $ 7.706,00.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Ec. ARTURO ECHEVARRÍA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-