Resolución N° 590/99/2000
Nro de Expediente:
274240
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
8/3/1999


Tema:
EXONERACIONES

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación de la Prensa Uruguaya, al amparo del Art. 25 del Decreto No. 27.083, del pago de multas y recargos emergentes de la deuda por concepto de tributos municipales que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 9.077 y 9.082.-

Montevideo, 8 de Marzo de 1999.-
 
        VISTO: que por Decreto No.28.444 de 16 de diciembre de 1998, promulgado por Resolución No. 70/99 de 11 de enero de 1999 y Resolución No. 282/99/2000, se exoneró a la Asociación de la Prensa Uruguaya el pago de todos los tributos que gravan a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 9.077 y 9.082 ubicados e l zona 1, tipo C de la 2a. Sección Judicial del departamento de Montevideo, solar 2624, carpeta 349, desde la fecha en que fueron adquiridos por dicha Asociación hasta la fecha en que la Intendencia Municipal de Montevideo entregó efectivamente la tenencia del bien a la propietaria;
        RESULTANDO: que la referida Asociación tomó posesión de los referidos inmuebles el 7 de agosto de 1998, por lo que no se desarrollaron actividades sindicales para el cumplimiento de las normas exoneratorias;
        CONSIDERANDO: que el Director General del Departamento de Recursos Financieros entiende que es de aplicación el Art. 25 del Decreto No. 27.803;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Declarar exonerada a la Asociación de la Prensa Uruguaya, al amparo del Art. 25 del Decreto No. 27.083, del pago de multas y recargos emergentes de la deuda por concepto de tributos municipales que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 9.077 y 9.082.-
        2º.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (I.P.C.) desde el 7 de agosto de 1998 hasta la fecha de la presente resolución .-


        3º.- Otorgar un plazo de treinta (30) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, para hacer efectivo el pago, pasado el cual se aplicarán los recargos y multas correspondientes.-
        4º.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-