Resolución N° 615/08/2000
Nro de Expediente:
2230-060224-07
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
14/3/2008


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la "UNIÓN ESLAVA DEL URUGUAY", del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 52.951, ubicado en la calle Dr. Carlos María de Pena No. 4194, por el período 2006 a 2008 inclusive.-

Montevideo, 14 de Marzo de 2008.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la "UNION ESLAVA DEL URUGUAY", solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 52.951, ubicado en la calle Dr. Carlos María de Pena No. 4194;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ya ha sido beneficiada con la franquicia fiscal por el período 2001 a 2005 inclusive, según Resolución No. 2853/03/2000 de 27 de mayo de 2003;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que corresponde acceder a lo solicitado pues el gestionante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69o. de la Constitución de la República, a partir del ejercicio 2006, en el porcentaje del 100% del mencionado impuesto, por lo que la Comuna dejará de percibir la suma anual aproximada de $ 10.776,00;
        CONSIDERANDO: 1o.) que corresponde acceder a la exoneración del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble padrón No. 52.951, propiedad de la "UNION ESLAVA DEL URUGUAY", por el período 2006 a 2008 inclusive;
        2o.) que por Resolución No. 2472/00 de 17 de julio de 2000, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos


        Financieros la facultad de conceder exoneraciones del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la "UNIÓN ESLAVA DEL URUGUAY", del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 52.951, ubicado en la calle Dr. Carlos María de Pena No. 4194.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por el período 2006 a 2008 inclusive, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir la suma anual aproximada de $ 10.776,00.-
        3o.- En caso de modificarse cualquiera de las condiciones que dan mérito a la exoneración, es obligación de quien obtiene el beneficio fiscal, informar a la Intendencia Municipal de Montevideo de dichas modificaciones.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

CR. ENRIQUE CABRERA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-