Resolución N° 608/06/2000
Nro de Expediente:
8961-029787-05
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
11/8/2006


Tema:
EXONERACIONES - MULTAS Y RECARGOS

Resumen:
Se declara exonerada a la señora Mary Margot Rodríguez Saravia, del pago de multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de Tasa General Municipal y Tasa de Adicional Mercantil e Higiene Ambiental respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 410.761/401, ubicado en la calle Emilio Castelar No. 4440/401/E, desde el 3/98 al 6/05, al amparo del Art. 25 del Decreto No. 27.803.-

Montevideo, 11 de Agosto de 2006.-
 
        VISTO: la gestión de la señora Mary Margot Rodríguez Saravia, solicitando exoneración de pago de multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de tributos municipales, respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 410.761/401, ubicado en la calle Emilio Castelar No. 4440/401/E;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante expresa que por problemas económicos clausuró una peluquería que funcionaba en su domicilio, manteniendo deuda por Tasa General Municipal (Cta. Cte. 878158) y Tasa de Adicional Mercantil e Higiene Ambiental (Cta. Cte. 878159) desde marzo de 1998 a junio de 2005;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que se dió de baja la Cuenta Corriente No. 878159 de Adicional Mercantil al 1/7/2005, quedando deuda desde el 3/98 al 6/05. Si bien corresponde mantener lo adeudado la demora en la gestión de los créditos por parte de la Comuna provocó perjuicios a la contribuyente, ya que los recargos son mayores que el IPC, por lo que procedería la aplicación del Art. 25 del Decreto No. 27.803 a la cuenta mencionada;
        CONSIDERANDO: que la Dirección de la División Administración Fiscal entiende que procede aplicar el Art. 25 del Decreto No. 27.803, exonerando de multa y recargos a la contribuyente, al no haberse realizado las acciones de cobro correspondientes;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
        RECURSOS FINANCIEROS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la señora Mary Margot Rodríguez Saravia, del pago de multa y recargos emergentes de la deuda que mantiene con esta Comuna, por concepto de Tasa General Municipal y Tasa de Adicional Mercantil e Higiene Ambiental respecto del inmueble de su propiedad padrón No. 410.761/401, ubicado en la calle Emilio Castelar No. 4440/401/E, desde el 3/98 al 6/05, al amparo del Art. 25 del Decreto No. 27.803.-
        2o.- Disponer que las sumas adeudadas se reajustarán por el Indice de Precios al Consumo (IPC) desde el 3/98 al 6/05.-
        3o.- Establecer un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación de la presente resolución para hacer efectivo el pago de lo adeudado o celebrar convenio de pago. Pasado este plazo la deuda generará la multa y recargos establecidos por la normativa vigente.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su cumplimiento.-

CR. ENRIQUE CABRERA, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-