Resolución N° 633/11/2000
Nro de Expediente:
2230-007888-11
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
5/7/2011


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Sra. Cristina Peluffo Steinfeld, del pago del 100% del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan al inmueble padrón No. 155.656/002, asiento del Jardín Maternal y Jardín de Infantes "La Escuelita".

Montevideo, 5 de Julio de 2011.-
 
        VISTO: la gestión de la Sra. Cristina Peluffo Steinfeld, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble padrón No. 155.656/002, ubicado en la calle Calabria No. 4024, asiento del Jardín Maternal y Jardín de Infantes "La Escuelita";
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante fue beneficiada con la franquicia fiscal en anterior oportunidad, según Resolución No. 2847/01 de 6 de agosto de 2001;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que la gestionante cumple con los requisitos exigidos por el Art. 69o. de la Constitución de la República, por lo que corresponde otorgar la exención del 100% del referido impuesto, por el período 2001 a 2003, dejando de percibir anualmente esta Intendencia la suma aproximada de $ 2.706,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos comparte lo informado por el Servicio de Ingresos Inmobiliarios;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3079/10 de 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de conceder exoneraciones tributarias a instituciones culturales y de enseñanza

        privada;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Sra. Cristina Peluffo Steinfeld, del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria y sus adicionales que gravan al inmueble padrón No. 155.656/002, ubicado en la calle Calabria No. 4024, asiento del Jardín Maternal y Jardín de Infantes "La Escuelita".-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, por el período 2001 a 2003 inclusive, por lo que esta Intendencia dejará de percibir anualmente la suma aproximada de pesos uruguayos dos mil setecientos seis ($ 2.706,00).-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su cumplimiento.-

DR. MARIANO AVONDET, Director General (I.) del Departamento de Recursos Financieros.-