Resolución N° 715/00/4000
Nro de Expediente:
4113-003958-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
31/5/2000


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar multa 12,6148, Sr. Mario López, C.I. Nº 1:100.491-4, las construcciones pendientes de regularización, la calle Pasaje Nº 2 Nº 4085 Barrio Cirilo.-

Montevideo, 31 de Mayo de 2000.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las construcciones pendientes de regularización en el inmueble sito en la calle Pasaje Nº 2 Nº 4085 Barrio Cirilo, propiedad del Sr. Mario López, C.I. Nº 1:100.491-4;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de Edificaciones informa que: a) corresponde aplicar una multa de 12,6148 U.R., según lo que establece el Art. 15º, literal C, numeral 1 y los Arts. 21º y 22º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y b) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 120 días calendario se aplicará una multa de 16,8198 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 581/95 del 20/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 12,6148 U.R. (doce unidades reajustables con seis mil ciento cuarenta y ocho diezmilésimas) al Sr. Mario López, C.I. Nº 1:100.491-4, propietario del inmueble sito en la calle Pasaje Nº 2 Nº 4085 Barrio Cirilo, con domicilio en el mismo, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir al infractor que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 120 (ciento veinte) días calendario se aplicará una multa de 16,8198 U.R. (dieciséis unidades reajustables con ocho mil ciento noventa y ocho diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Cobro de Morosos y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General (I).-