Resolución N° 748/99/4000
Nro de Expediente:
4112-013973-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
27/4/1999


Tema:
TRAMITE PREVIO

Resumen:
Admitir condicionado depósito, compra y venta de papel usado y cartón, Conciliación N°3866, RIJA S.R.L.-

Montevideo, 27 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: que Rija S.R.L. solicita regularizar el establecimiento destinado a depósito, compra y venta de papel usado y cartón, ubicado en el predio empadronado con el Nº 38.912, sito con frente a la calle Conciliación N° 3866;
        RESULTANDO: 1º) que se declara utilizar un área edificada de 221 m2, en una superficie de terreno de 221 m2 ;
        2º) que la Junta Local Zona N° 14 propicia su autorización con carácter precario y revocable;
        3º) que el Servicio de Contralor de Edificaciones propicia su autorización con las condiciones dispuestas en su informe de fs. 5 y 6 vta. de estas actuaciones;
        6º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 680/95 del 21/II/95 Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la implantación de industrias de hasta 1.000 metros cuadrados edificados;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Admitir, con carácter precario y revocable, la ampliación del establecimiento destinado a depósito, compra y venta de papel usado y cartón, ubicado en el predio empadronado con el Nº 38.912, sito con frente a la calle Conciliación N° 3866, propiedad de Rija S.R.L.-
        2º.- Autorizar la prosecución del trámite administrativo condicionado a que:
        a) todos los inconvenientes provenientes de las operaciones o procesos que se realicen dentro del predio, deberán eliminarse o limitarse al propio local;
        b) todas las operaciones de carga y descarga de mercaderías deberán realizarse dentro del predio;
        c) no se trabaje fuera de la jornada legal diurna de ocho horas de labor;
        d) no se produzcan en el futuro ampliaciones de ningún tipo que modifiquen las actuales características del establecimiento;
        e) se cumplan las medidas de prevención contra el fuego aconsejadas por la Dirección Nacional de Bomberos;
        f) deberá obtener el certificado de Higiene Ambiental del Ministerio de Salud Pública y
        g) la interesada dispone de un plazo de tres meses para presentar la correspondiente habilitación y retirar el duplicado de este trámite.-
        3º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local Zona N° 14 y pase al Servicio de Contralor de Edificaciones.-

Ing. ALBERTO ORTEGA, Director General .-