Resolución N° 711/10/4000
Nro de Expediente:
3360-005912-03
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
30/12/2010


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de 29,6820 U.R. a las Sras. Aurora Florentina y María Antonieta Gori Pistone C.I. Nos. 906.410-0 y 906.409-7 respectivamente, propietarias del inmueble empadronado con el Nº 41.338, sito con frentes a la calle Tembeta Nºs. 27/15 y Avda. Agraciada Nºs. 3845/45bis/47.-

Montevideo, 30 de Diciembre de 2010.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas constatadas en el inmueble empadronado con el Nº 41.338, sito con frentes a la calle Tembeta Nºs. 27/15 y Avda. Agraciada Nºs. 3845/45bis/47, propiedad de las Sras. Aurora Florentina y María Antonieta Gori Pistone C.I. Nos. 906.410-0 y 906.409-7 respectivamente;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) que en inspección realizada en el inmueble de referencia, se pudo comprobar que no se ha dado cumplimiento a lo intimado con fecha 17/III/10 y notificado el 25/III/10; b) correspondería aplicar una multa de 29,6820 U.R., según lo que establece la Sección II, Art. 3º, Numeral 12 del Decreto No. 21.626 del 23/IV/84 y c) de no dar cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario, se aplicará una multa de 44,5230 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.092/10 del 12/VII/10, la Sra. Intendenta delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 29,6820 U.R. (veintinueve unidades reajustables con seis mil ochocientas veinte diezmilésimas) a las Sras. Aurora Florentina y María Antonieta Gori Pistone C.I. Nos. 906.410-0 y 906.409-7 respectivamente, propietarias del inmueble empadronado con el Nº 41.338, sito con frentes a la calle Tembeta Nºs. 27/15 y Avda. Agraciada Nºs. 3845/45bis/47, con domicilio en la Avda. Agraciada Nº 3761, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir a las infractoras que si no dan cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 44,5230 U.R. (cuarenta y cuatro unidades reajustables con cinco mil doscientas treinta diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá a Expedición y Correo los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a la infractora, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ELEONORA BIANCHI CASERTA, Directora General.-