Resolución N° 725/07/4000
Nro de Expediente:
4114-000121-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
21/9/2007


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de 24,7350 U.R. a ONFOREL S.A., propietaria del inmueble empadronado con el Nº 156.626, sito con frente a la calle 25 de Mayo Nos. 692/94.-

Montevideo, 21 de Setiembre de 2007.-
 
                  VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas constatadas en el inmueble Padrón Nº 156.626, sito con frente a la calle 25 de Mayo Nos. 692/94, propiedad de ONFOREL S.A. RUC 21 340308 0015;
                  RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) la infracción se refiere a no dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 2° de la Resolución N° 799/06/4000 del 12/IX/06 y b) dado el plazo transcurrido sin que se diera cumplimiento a lo intimado corresponde aplicar una multa de 24,7350 U.R., según lo que establece el Art. 3º, numeral 12, literal A, inciso c) y los Arts. 21º y 22º del Decreto Nº 21.626, promulgado el 23/IV/84;
                  CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.222/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
                  LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
                  DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
                  EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
                  RESUELVE:
                  1º.- Aplicar una multa de 24,7350 U.R. (veinticuatro unidades reajustables con siete mil trescientas cincuenta diezmilésimas) a ONFOREL S.A. RUC 21 340308 0015, propietaria del inmueble empadronado con el Nº 156.626, sito con frente a la calle 25 de Mayo Nos. 692/94, con domicilio en la calle Río Branco N° 1377, Unidad 503, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
                  2º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-