Resolución N° 76/07/4000
Nro de Expediente:
1001-025500-06
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
26/1/2007


Tema:
TRANSITO PREFERENCIAL Y FLECHAMIENTO

Resumen:
Preferencia de paso para los vehículos que circulan por la calle 12 de Octubre entre Celiar y Avda. Luis Braile.-

Montevideo, 26 de Enero de 2007.-
 
        VISTO: la solicitud presentada por la Junta Departamental de Montevideo en lograr disminuir la peligrosidad del tránsito en la calle 12 de Octubre frente a las transversales;
        RESULTANDO: 1°) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que: a) por la calle 12 de Octubre circulan líneas de transporte colectivo, posee veredas instransitables, y es de escaso caudal vehicular, observando las calles de su entorno son de similares características por lo que no justifica en desviar a los ómnibus por las mismas; b) aunque se ha constatado accidentes de tránsito en varias intersecciones no es posible evitar que por allí circulen líneas de transporte colectivo; c) con el fin de disminuir los riesgos de accidentes se sugiere otorgar carácter preferencial a la calle 12 de Octubre entre Celiar y Avda. Luis Braile, reforzando la preferencia propuesta y d) a los efectos de caracterizarla frente a las otras que la cruzan, se sugiere la construcción de aceras rebasables en las calles que atraviesan la calle 12 de Octubre, que oficien como reductores de la velocidad;
        2º) que la División Tránsito y Transporte comparte lo expresado por el Servicio competente;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de establecer prohibiciones de estacionamiento de vehículos en la vía pública;
        DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Establecer preferencia de paso para el tránsito a los vehiculos que circulan por la calle 12 de Octubre en el tramo comprendido entre la calle Celiar y Avda. Luis Braile, frente a los que circulan por las trasnversales.-
        2º.- Encomendar al Servicio de Ingeniería de Tránsito la implantación de las medidas aconsejadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        3º.- Comuníquese a la Secretaría General, para su transcripción a la Junta Departamental de Montevideo, al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local competente, al Banco de Seguros del Estado, al Servicio de Vigilancia y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-