Resolución N° 760/05/4000
Nro de Expediente:
3140-000893-05
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
31/8/2005


Tema:
RESERVA DE ESPACIO PARA ESTACIONAMIENTO

Resumen:
Reserva de espacio Fundación Braille del Uruguay en la calle Agr. Germán Barbato .-

Montevideo, 31 de Agosto de 2005.-
 
        VISTO: la solicitud formulada por la Fundación Braille del Uruguay, tendiente a obtener una reserva de espacio en la calle Agr. Germán Barbato Nº 1475;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que: a) en la acera Este de la calle Agr. Germán Barbato, entre Mercedes y Avda. Uruguay, existe prohibición total de estacionamiento, correctamente indicada por señalizaciones verticales, por lo que puede concederse en la acera Oeste, ya que allí está habilitado; b) que los frentistas afectados por la reserva de espacio presentan su conformidad según surge a fs. 7 y fs. 8 de estas actuaciones y c) puede accederse a lo solicitado, con carácter precario y revocable, junto a la acera Oeste de la calle Agr. Germán Barbato frente al Nº 1475, entre la calle Mercedes y Avda. Uruguay, en una longitud de 7 metros, de lunes a viernes de 10:00 a 20:00 horas;
        2º) que de acuerdo con lo dispuesto en el Art. R.424.122, literal e), del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal, la peticionante está exonerada del pago del costo mensual;
        CONSIDERANDO: 1°) que la División Tránsito y Transporte comparte lo expresado, en atención a lo previsto en el Art. R.424.111, numeral 15 del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal;
        2°) que por Resolución Nº 3.226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de conceder reservas de espacio en la vía pública para estacionamiento de




        vehículos o carga y descarga de mercaderías;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Conceder reserva de espacio a la Fundación Braille del Uruguay, junto a la acera Oeste de la calle Agr. Germán Barbato frente al Nº 1475, entre la calle Mercedes y Avda. Uruguay, en una longitud de 7 (siete) metros, para su uso de lunes a viernes de 10:00 a 20:00 horas.-
        2°.- Establecer que la misma tendrá carácter precario y revocable y se destinará exclusivamente para ascenso y descenso de alumnos, estando exonerada del pago de las tarifas previstas.-
        3°.- La interesada deberá comunicar por escrito cuando no tenga interés en la reserva a los efectos del cese respectivo.-
        4º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local correspondiente, al Servicio de Vigilancia y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-