Resolución N° 708/08/4000
Nro de Expediente:
4102-002092-01
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
20/10/2008


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de 49,4700 U.R. a Portones del Sur S.R.L., RUT 21 212618 0012, propietaria del inmueble empadronado con el Nº 2476, sito en la calle Cerrito Nos. 131/141.-

Montevideo, 20 de Octubre de 2008.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas constatadas en el inmueble empadronado con el Nº 2476, sito en la calle Cerrito Nos. 139/141, propiedad de Portones del Sur S.R.L., RUT 21 212618 0012;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) por Cedulón N° 411375 ha intimado a la propietaria a eliminar las fallas constructivas que afectan a la vivienda; b) dado el plazo transcurrido sin que diera cumplimiento a lo intimado corresponde aplicar una multa de 49,4700 U.R, según lo que establece el Art. 3º, numeral 12, inciso c) del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y c) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará una multa de 71,2050 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.478/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 49,4700 U.R. (cuarenta y nueve unidades reajustables con cuatro mil setecientas diezmilésimas) a Portones del Sur S.R.L., RUT 21 212618 0012, propietaria del inmueble empadronado con el Nº 2476, sito en la calle Cerrito Nos. 139/141, con domicilio en la Avda. Brasil N° 2666, Unidad 404 y Dr. Luis A. de Herrera N° 1218, Unidad 1101, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir a la infractora que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 71,2050 U.R. (setenta y una unidades reajustables con dos mil cincuenta diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá a Expedición y Correos los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a la infractora, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General .-