Resolución N° 753/09/4000
Nro de Expediente:
4149-008839-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
17/11/2009


Tema:
RATIFICACIONES

Resumen:
Conceder a COVIFAM II un subsidio del 23,5% sobre el precio de enajenación del predio empadronado con el Nº 418.662.-

Montevideo, 17 de Noviembre de 2009.-
 
        VISTO: la facultad otorgada a esta Intendencia Municipal por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 33126 del 22/X/09, promulgado por Resolución Nº 4774/09 del 09/XI/09;
        RESULTANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que los motivos que originaron la Resolución Nº 3902/09 del 14/IX/09, mantienen su vigencia y oportunidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.218/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Conceder a COVIFAM II un subsidio del 23,5% (veintitrés y medio por ciento) sobre el precio de enajenación del predio empadronado con el Nº 418.662 (padrón de referencia Nº 417.424), fijado por Decreto Nº 28.717 del 29 de Julio de 1999, por lo que el precio final será de 3.876,8864 U.R. (tres mil ochocientas setenta y seis unidades reajustables con ocho mil ochocientas sesenta y cuatro diezmilésimas), así como un descuento adicional del 20% (veinte por ciento) en caso de pago contado.-
        2º.- Comuníquese a la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones y



        pase al Servicio de Tierras y Viviendas.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-