Resolución N° 740/06/4000
Nro de Expediente:
4114-001956-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
16/8/2006


Tema:
MULTAS

Resumen:
Multa de 24,7350 U.R. a las Sras. Beatriz Carli Silveira C.I. Nº 1:031.475-2 y Norma Luisa Calcagno Silveira por fallas constructivas en Maciel Nos. 1314/16.-

Montevideo, 16 de Agosto de 2006.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas constatadas en el inmueble Padrón Nº 3592, sito con frente a la calle Maciel Nos. 1314/16, propiedad de los Sres. Manuel Angel Carli Silveira C.I. Nº 538.907-3, Beatriz Carli Silveira C.I. Nº 1:031.475-2 y Norma Luisa Calcagno Silveira;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) no se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 2º de la Resolución Nº 164/05/4000 del 8/III/04; b) dado el plazo transcurrido sin que se diera cumplimiento a lo intimado corresponde aplicar una multa de 24,7350 U.R., según lo que establece el Art. 3º, numeral 12, literal A, inciso c) y c) si no dan cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará una multa de 24,7350 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.222/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 24,7350 U.R. (veinticuatro unidades reajustables con siete mil trescientas cincuenta diezmilésimas) a los Sres. Manuel Angel Carli Silveira C.I. Nº 538.907-3, Beatriz Carli Silveira C.I. Nº 1:031.475-2 y Norma Luisa Calcagno Silveira, propietarios del inmueble empadronado con el Nº 3592, sito en la calle Maciel Nos. 1314/16, los dos primeros domiciliados en la calle Arangua Nº 4388 y la restante en Canelones Nº 2226 Apto. 502, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir a los infractores que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 24,7350 U.R. (veinticuatro unidades reajustables con siete mil trescientas cincuenta diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a los infractores, advirtiéndoles que disponen de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-