Resolución N° 728/08/4000
Nro de Expediente:
4000-000742-08
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
24/10/2008


Tema:
IMPEDIR FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTO

Resumen:
Impedir el funcionamiento del establecimiento destinado a sede deportiva y cancha, ubicada en las calles Felipe Contucci Nº 4085 y Darwin Nº 3557, pertenecientes al Club Juventud Unida, hasta tanto no se realicen las obras intimadas oportunamente.-

Montevideo, 24 de Octubre de 2008.-
 
        VISTO: la denuncia presentada por vecinos de la zona por las molestias ocasionadas por el funcionamiento del establecimiento destinado a sede deportiva y cancha, ubicada en las calles Felipe Contucci Nº 4085 y Darwin Nº 3557, pertenecientes al Club Juventud Unida;
        RESULTANDO: 1º) que se denuncia obras sin permiso y drenaje de agua pluviales afectando a linderos;
        2º) que las obras se encuentran en el predio empadronado con el Nº 420.090 y resto de la cancha sobre el Padrón Nº 416.564;
        3º) que se procedió a efectuar varias intimaciones a los propietarios de los predios y a la propia Institución deportiva, sin que se realizaran mejoras tendientes a mejorar la situación;
        4º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que, teniendo en cuenta las características del funcionamiento de la actividad denunciada y por tratarse un campo abierto con construcciones precarias, solo podría impedirse su actividad;
        CONSIDERANDO: 1º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones entiende que corresponde proceder a la clausura provisoria hasta que se de cumplimiento a lo intimado;
        2º) que por Resolución Nº 3226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de impedir el funcionamiento de establecimientos comerciales e industriales cuando existieran fallas constructivas, etc., debidamente constatadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Impedir el funcionamiento del establecimiento destinado a sede deportiva y cancha, ubicada en las calles Felipe Contucci Nº 4085 y Darwin Nº 3557, pertenecientes al Club Juventud Unida con domicilio en la calle Mariano Soler Nº 3613, hasta tanto no se realicen las obras intimadas oportunamente.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la autoridad local correspondiente y pase por su orden a la Oficina Central de este Departamento para su notificación y al Servicio de Contralor de la Edificación.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General .-