Resolución N° 736/06/4000
Nro de Expediente:
4114-000059-01
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
16/8/2006


Tema:
MULTAS

Resumen:
Multa de 12,3675 U.R. a la Sra. Dora Guerrero Martínez por fallas constructivas en Ombú N° 3034.-

Montevideo, 16 de Agosto de 2006.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas constatadas en el inmueble empadronado con el Nº 114.672 sito con frente a la calle Ombú Nº 3034, propiedad de la Sra. Dora Guerrero Martínez C.I. Nº 2:674.734-1;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) no se dió cumplimiento a lo dispuesto en el Numeral 2° de la Resolución N° 1368/04/4000 del 16/XII/04; b) dado el plazo transcurrido sin que se diera cumplimiento a lo intimado corresponde aplicar una multa de 12,3675 U.R., según lo que establece el Art. 3º, numeral 12, literal A, inciso b) y los Arts. 21º y 22º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y c) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará una multa de 12,3675 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.222/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 12,3675 U.R. (doce unidades reajustables con tres mil seiscientas setenta y cinco diezmilésimas) a la Sra. Dora Guerrero Martínez C.I. Nº 2:674.734-1, propietaria del inmueble empadronado con el Nº 114.672, sito con frente a la calle Ombú Nº 3034, con domicilio en el mismo, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir a la infractora que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 12,3675 U.R. (doce unidades reajustables con tres mil seiscientas setenta y cinco diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a la infractora, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-