Resolución N° 719/00/4000
Nro de Expediente:
4114-002787-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
31/5/2000


Tema:
MULTAS

Resumen:
Multa de 14,8410 U.R. a la copropiedad del inmueble sito en Durazno Nº 1082.-

Montevideo, 31 de Mayo de 2000.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas comprobadas en el inmueble sito en la calle Durazno Nº 1082;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de Edificaciones informa que: a) se intimó la eliminación de las anomalías existentes sin que se haya regularizado la situación; b) corresponde aplicar una multa de 14,8410 U.R., según lo que establece el numeral 12, literal A, Art. 3º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y b) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará una multa de 22,2615 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 581/95 del 20/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 14,8410 U.R. (catorce unidades reajustables con ocho mil cuatrocientas diez diezmilésimas), a los copropietarios del inmueble sito en la calle Durazno Nº 1082, con domicilio en en la calle Lepanto Nº 1461, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir a la infractora que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará una multa de 22,2615 U.R. (veintidós unidades reajustables con dos mil seiscientas quince diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Cobro de Morosos y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a la infractora, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General (I).-