Resolución N° 725/99/4000
Nro de Expediente:
4111-002803-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
26/4/1999


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar multa 14,8410 U.R., Cacciatori Hnos., fallas constructivas Juan Manuel Blanes Nº 1278.-

Montevideo, 26 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas en el inmueble ubicado en la calle Juan Manuel Blanes Nº 1278, propiedad de Cacciatori Hnos., R.U.C. 21 027106 0018;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de Edificaciones informa que: a) corresponde aplicar una multa de 14,8410 U.R., según lo que establece el literal A, numeral 2, Art. 12º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y b) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará una multa de 22,2615 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 581/95 del 20/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 14,8410 U.R. (catorce unidades reajustables con ocho mil cuatrocientas diez diezmilésimas), a Cacciatori Hnos., R.U.C. 21 027106 0018, propietaria del inmueble sito en la calle Juan Manuel Blanes Nº 1278, con domicilio en el mismo, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir al infractor que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 22,2615 U.R. (veintidós unidades reajustables con dos mil seiscientas quince diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio de Gestión de Cobro de Morosos y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

Ing. ALBERTO ORTEGA, Director General .-