Resolución N° 738/09/4000
Nro de Expediente:
4001-002785-09
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
13/11/2009


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar a la Productora Premium el uso del cantero central de la Avda. Dr. Luis A. de Herrera, para la colocación de un árbol de navidad de 6 (seis) metros de altura por 3 (tres) metros de diámetro y de la decoración con luces de los árboles sobre la acera del Shopping, del 9/XI/09 al 24/I/10.-

Montevideo, 13 de Noviembre de 2009.-
 
        VISTO: la solicitud de la Productora Premium para que se le conceda el uso del cantero central de la Avda. Dr. Luis A. de Herrera, para la colocación de un árbol de navidad de 6 metros de altura por 3 metros de diámetro y de la decoración con luces de los árboles sobre la acera del Shopping, del día 9/XI/09 al 24/I/10;
        RESULTANDO: 1º) que la Junta Local de la Zona Nº 5 avala dicha solicitud;
        2º) que el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño no tiene observaciones que formular;
        3º) que el Servicio de Vigilancia no tiene inconveniente en que se acceda a lo solicitado;
        4º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada, conforme a las condiciones detalladas a fs. 11 del expediente Nº 4001-002785-09;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar a la Productora Premium el uso del cantero central de la Avda. Dr. Luis A. de Herrera, para la colocación de un árbol de navidad de 6 (seis) metros de altura por 3 (tres) metros de diámetro y de la decoración con luces de los árboles sobre la acera del Shopping, del 9/XI/09 al 24/I/10, condicionado a que la peticionante deberá cumplir con las siguientes condiciones: a) con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público en el horario solicitado; b) tomar las medidas necesarias para no poner en riesgo la seguridad de las personas, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar, quedando la Intendencia exonerada de toda responsabilidad; c) con la normativa ambiental vigente , debiendo tener un plan de gestión de residuos que abarque la actividad a desarrollar; d) responsabilizarse de todo deterioro que se produzca en dicho predio como consecuencia de la actividad programada, debiendo restituirlo en correctas condiciones de higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, césped, especies vegetales y demás instalaciones, tanto a nivel de superficie, aéreas o subterráneas; e) se prohibe la instalación de propaganda de clase alguna y los equipos de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberán ajustarse a la normativa municipal vigente; f) contratar un seguro de responsabilidad civil por un valor de $ 250.000,oo (doscientos cincuenta mil pesos uruguayos), debiéndose presentar a la Intendencia el comprobante del mismo; g) tomar las medidas necesarias para un circulación peatonal segura en la zona donde se realiza el evento y h) realizar las coordinaciones correspondientes con los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 5 y Central de Inspección General.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 5 y al Servicio Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-