Resolución N° 701/03/4000
Nro de Expediente:
4114-003843-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
14/7/2003


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar multa 14,8410 U.R. copropietarias Sras. Juana Igoa Ezcurra y otras, infracción fallas constructivas Cerro Largo Nº 1390.-

Montevideo, 14 de Julio de 2003.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas comprobadas en el inmueble empadronado con el Nº 7.802, sito en la calle Cerro Largo Nº 1390, copropiedad de las Sras. Juana Igoa Ezcurra, María Soledad Arangoa Igoa, María Teresa Igoa Loidi, María Concepción Igoa Loidi, Begoña Igoa Loidi y María del Carmen Igoa Loidi domiciliadas en España y María Amigo de Rial y Susana Oria Igoa, C.I. Nos. 1:018.096-3 y 969.343-6 respectivamente;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) se intimó la eliminación de las anomalías existentes sin que se haya regularizado la situación; b) corresponde aplicar una multa de 14,8410 U.R., según lo que establece el numeral 12, literal A, inciso c, Art. 3º y los Arts. 21º y 22º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84; c) de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 27 del citado Decreto "Los copropietarios del inmueble en infracción serán solidariamente responsables en el pago de las multas que tengan el dominio como asiento de la infracción" y d) si no dan cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará una multa de 19,7880 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.478/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de





        aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 14,8410 U.R. (catorce unidades reajustables con ocho mil cuatrocientas diez diezmilésimas) a las copropietarias Sras. Juana Igoa Ezcurra, María Soledad Arangoa Igoa, María Teresa Igoa Loidi, María Concepción Igoa Loidi, Begoña Igoa Loidi y María del Carmen Igoia Loidi domiciliadas en España y María Amigo de Rial y Susana Oria Igoa, C.I. Nos. 1:018.096-3 y 969.343-6 respectivamente, copropietarias del inmueble empadronado con el Nº 7.802, sito en la calle Cerro Largo Nº 1390, con domicilio en la calle Florida Nº 1408 Apto. 205, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir a las infractoras que si no dan cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 19,7880 U.R. (diecinueve unidades reajustables con siete mil ochocientas ochenta diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a las infractoras, advirtiéndoles que disponen de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial



        para el cobro de la misma.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-