Resolución N° 706/10/4000
Nro de Expediente:
4112-004367-09
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
20/12/2010


Tema:
VIABILIDAD DE USO

Resumen:
Modificar el literal b) del numeral 1º de la Resolución Nº 550/10/4000 del 15/IX/10, establecimiento destinado a fábrica de aberturas y cortinas de enrollar, ubicado en los predios empadronados con los Nos. 94.492 y 94.495, sitos con frente a la calle Domingo Aramburú Nos. 1962/74, Mercado Instalador S.A.-

Montevideo, 20 de Diciembre de 2010.-
 
        VISTO: que Mercado Instalador S.A., solicita regularizar el establecimiento destinado a depósito, fábrica de aberturas y cortinas de enrollar, ubicado en los predios empadronados con los Nos. 94.492 y 94.495, sitos con frente a la calle Domingo Aramburú Nos. 1962/74;
        RESULTANDO: 1º) que por Resolución Nº 550/10/4000 del 15/IX/10 se admitió, en forma condicionada, la viabilidad de usos para la regularización solicitada;
        2º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que se padeció error al mencionar como condición, por el literal b) del numeral 1º de la referida resolución, que la carga y descarga deberá efectuarse dentro del predio, ya que es precisamente la tolerancia solicitada al carecer de espacio interno para tal operación, correspondiendo establecer como condición la dispuesta por el literal c) del formulario que luce a fs. 33 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: que la División Espacios Públicos y Edificaciones propicia modificar el referido acto administrativo en el sentido indicado;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Modificar el literal b) del numeral 1º de la Resolución Nº 550/10/4000 del 15/IX/10, el que quedará redactado de la siguiente manera: "b) todas las operaciones de carga y descarga de mercaderías deberán realizarse sin perturbar el tránsito vehicular ni peatonal, debiendo respetarse en todos sus términos lo establecido por Resolución Nº 1260/08 del 31/III/08 y las limitaciones previstas al transporte de carga en el Departamento de Montevideo, Resolución Nº 2.488/09 del 22/VI/09, debiendo mantener la reserva de espacio concedida a tales efectos;".-
        2º.- Comuníquese al Municipio C, al Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 y pase al Servicio de Contralor de la Edificación.-

ELEONORA BIANCHI CASERTA, Directora General.-