Resolución N° 663/99/4000
Nro de Expediente:
4149-009240-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
21/4/1999


Tema:
RATIFICACIONES

Resumen:
Enajenar COVILUPRO, Pad. 416.744, al amparo Decreto Dptal. 28.501

Montevideo, 21 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: la facultad otorgada a esta Intendencia Municipal por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 28.501 del 18/III/99, promulgado por Resolución N° 1.116/99 del 5/IV/99;
        RESULTANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que los motivos que originaron la correspondiente solicitud, mantienen su vigencia y oportunidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 580/95 del 20/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Enajenar a la Cooperativa COVILUPRO, el predio empadronado con el N° 416.744, ubicado en las calles Palencia y Zurich.-
        2°.- Establecer como precio de enajenación el equivalente a 10.866,7900 U.R. (diez mil ochocientas sesenta y seis unidades reajustables con siete mil novecientas diezmilésimas) el que será abonado de conformidad con el reglamento aprobado por Resolución N| 2.791/94 del 19/VIII/94.-
        3°.- Comuníquese al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la autoridad local competente y pase por su orden a los Servicios de

        Tierras y Viviendas y de Escribanía.-

Ing. ALBERTO ORTEGA, Director General .-