Resolución N° 73/08/4000
Nro de Expediente:
4711-004786-07
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
7/2/2008


Tema:
RESERVA DE ESPACIO PARA ESTACIONAMIENTO

Resumen:
Conceder reserva de espacio a SYAR S.A., t en la calle Cerro Largo frente al N° 920 entre las calles Convención y Río Branco, en una longitud de 7 metros, de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas.-

Montevideo, 7 de Febrero de 2008.-
 
        VISTO: la solicitud formulada por SYAR S.A., tendiente a obtener una reserva de espacio en la calle Cerro Largo frente al N° 920;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que puede accederse a lo solicitado, con carácter precario y revocable, en la calle Cerro Largo frente al N° 920 entre las calles Convención y Río Branco, en una longitud de 7 metros, de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas, debiéndose abonar por concepto de señalamiento la suma de 10 U.R., siendo su costo mensual de 14 U.R. ;
        2°) que la interesada prestó conformidad con la tarifa dispuesta, según surge a fs. 6 del expediente N° 4711-004786-07;
        3°) que la División Tránsito y Transporte comparte lo expresado, en atención a lo previsto en el Art. R.424.111, numeral 6 del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de conceder reservas de espacio en la vía pública para estacionamiento de vehículos o carga y descarga de mercaderías;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Conceder reserva de espacio a SYAR S.A., en la calle Cerro Largo frente al N° 920 entre las calles Convención y Río Branco, en una longitud de 7 (siete) metros, de lunes a viernes de 08:00 a 18:00 horas.-
        2°.- Establecer que la misma tendrá carácter precario y revocable y se destinará exclusivamente para carga y descarga de mercaderías y estará sujeta al costo mensual de 14 U.R. (catorce unidades reajustables) debiendo abonar por concepto de señalamiento por única vez y previo al mismo, la suma de 10 U.R. (diez unidades reajustables).-
        3°.- La interesada deberá comunicar por escrito cuando no tenga interés en la reserva a los efectos del cese respectivo.-
        4º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local correspondiente, a los Servicios de Ingresos Comerciales y de Vigilancia y pase al Servicio de Ingeniería de Tránsito.-

ARQ. LAURA METHOL, Directora General (I).-