Resolución N° 702/13/4000
Nro de Expediente:
0012-005450-13
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
24/12/2013


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Se autoriza condicionado al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente el uso de la calle Zabala entre las de 25 de Mayo y Rincón, el día 30/XII/13 para llevar a cabo un espectáculo para las cooperativas de vivienda.-

Montevideo, 24 de Diciembre de 2013.-
 
        VISTO: la solicitud del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente para que se le conceda el uso de la calle Zabala entre las de 25 de Mayo y Rincón, el día 30/XII/13, para llevar a cabo un espectáculo para las cooperativas de vivienda;
        RESULTANDO: 1º) que el Municipio B presta su conformidad;
        2º) que la Unidad Planificación y Radar con la conformidad de la División Tránsito y Transporte, informa que no encuentra inconveniente en acceder a la solicitud planteada, informando que se debe señalizar el corte con cinco balizas y Cinta de Pare en la cabecera del mismo;
        3º) que el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño informa que no se presentan objeciones para su autorización, recomendando el cumplimiento de los aspectos detallados a fs. 9 de estas actuaciones;
        4º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones no tiene inconveniente en acceder a la solicitud planteada, conforme a las condiciones detalladas a fs. 10 y 11;
        CONSIDERANDO: las órdenes impartidas por la Superioridad;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente el uso de la calle Zabala entre las de 25 de Mayo y Rincón, el día 30/XII/13, para llevar a cabo un espectáculo para las cooperativas de vivienda, condicionado a que el peticionante deberá: A) cumplir con: a) las disposiciones vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado, tomando todas las medidas necesarias para no poner en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad, siendo el único responsable de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) la normativa ambiental vigente, debiendo tener un plan de gestión de residuos que abarque la actividad a desarrollar y c) las condiciones que establecen la Unidad Planificación y Radar de la División Tránsito y Transporte y el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño a fs. 5 y 9, respectivamente de estas actuaciones, las cuales se dan aquí por enteramente reproducidas y cuya fotocopia deberá ser anexada a la presente resolución; B) Responsabilizarse: a) de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en correctas condiciones de higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales y demás instalaciones, tanto a nivel de superficies aéreas o subterráneas, prohibiéndose terminantemente hacer uso de árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la instalación de equipo sonoro, luminarias o carteles de cualquier tipo y en caso de utilizar equipo de amplificación, los decibeles deberán ajustarse a la normativa vigente y b) de todas las consecuencias que se originen o deriven de la actividad a desarrollar, quedando la Intendencia exonerada de toda responsabilidad; C) Efectuar las coordinaciones correspondientes con el Municipio B y los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 1 y Central de Inspección General y D) El incumplimiento de las condiciones en que se otorga, así como las molestias que puedan provocarse al vecindario, dará lugar a la inmediata suspensión de la actividad.-
        2º.- Establecer que deberá cumplir con la normativa vigente en materia de espectáculos públicos.-
        3º.- Comuníquese a la Secretaría General para conocimiento de la Jefatura de Policía de Montevideo, al Municipio B, a la División Tránsito y Transporte, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 1 y Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

Arqta. Laura Methol, Directora General (I).-