Resolución N° 735/07/4000
Nro de Expediente:
4112-007892-06
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
21/9/2007


Tema:
VIABILIDAD DE USO

Resumen:
Admitir condicionado distribuidora de insumos de cosmética, Defensa Nº 2056 y Gral. Pagola Nº 1905, Disto Ltda.-

Montevideo, 21 de Setiembre de 2007.-
 
        VISTO: que Disto Ltda., solicita regularizar el establecimiento destinado a distribuidora de insumos de cosmética, ubicado en los predios empadronados con los Nos. 18.963 y 18.964, sitos con frentes a las calles Defensa Nº 2056 y Gral. Pagola Nº 1905;
        RESULTANDO: 1º) que se declara un área edificada de 410 m2 sobre una superficie de terreno de 296 m2;
        2º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que la actividad no genera viajes de relevancia por lo que la incidencia en los flujos vehiculares de entorno no es significativa;
        3º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 2, con la conformidad de la correspondiente Junta Local, informa que: a) el establecimiento se ajusta a los lineamientos establecidos por el Art. D.205 del Decreto Departamental Nº 28.242 y por su entidad a lo dispuesto por el Art. D.323 del Decreto Nº 29.118 y b) teniendo en cuenta que no se constatan denuncias al entorno por su actividad puede accederse a lo solicitado condicionado que no se generen molestias al vecindario y que las tareas de carga y descarga se realicen sin interferir la circulación vehicular ni peatonal;
        4º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) por concepto de edificación inapropiada corresponde aplicar una tasa equivalente al 100 % sobre la Contribución Inmobiliaria de los predios involucrados y b) propicia su autorización con carácter precario y revocable y condicionarla de acuerdo con lo informado a fs.25. de estas actuaciones;
        5º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones comparte lo aconsejado;
        6º) que la propietaria de los referidos bienes inmuebles manifiesta su conformidad con la tasa a aplicarse, según consta a fs. 14 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la implantación o regularización de establecimientos de usos no residenciales, con destinos diferentes a los admitidos por la normativa aplicable para la zona de implantación y características de funcionamiento -escala, lugar para carga y descarga interno del predio, etc.- siempre que no impliquen interferencias graves con el entorno inmediato y hayan merecidos informes favorables de las Oficinas competentes;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Admitir, con carácter temporal, la viabilidad de uso para la regularización del establecimiento destinado a distribuidora de insumos de cosmética, ubicado en los predios empadronados con los Nos. 18.963 y 18.964 , sitos con frentes a las calles Defensa Nº 2056 y Gral. Pagola Nº 1905, propiedad de Disto Ltda. condicionado a que:
        a) todos los inconvenientes provenientes de las operaciones o procesos que se realicen dentro del predio, deberán eliminarse o limitarse al propio local;
        b) las operaciones de carga y descarga de mercaderías deberán realizarse sin perturbar el tránsito vehicular ni peatonal;
        d) se obtenga el certificado de la Dirección Nacional de Bomberos;
        e) no se trabaje fuera de la jornada de labor declarada de lunes a viernes de 8:00 a 17:00 horas y sábados de 8:00 a 13:00 horas y
        f) la interesada dentro de un plazo de tres meses, presente la correspondiente habilitación y retire el duplicado de este trámite.-
        2º.- Establecer que por concepto de edificación inapropiada corresponde aplicar una tasa equivalente al 100 % (cien por ciento) sobre la Contribución Inmobiliaria de las padrones Nos. 18.963 y 18.964, la que se aplicará mientras permanezcan las condiciones que dieron lugar a su aplicación.-
        3º.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 2 y pase al Servicio de Contralor de la Edificación.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-