Resolución N° 708/09/4000
Nro de Expediente:
4114-003073-05
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
30/10/2009


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de 29,6820 U.R. a la Sra. Mirta Méndez Rodríguez C.I. Nº 1:876.324-8, propietaria del inmueble empadronado con el Nº 12.884, sito en la calle Lima Nº 1500.-

Montevideo, 30 de Octubre de 2009.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas constatadas en el inmueble empadronado con el Nº 12.884, sito en la calle Lima Nº 1500, propiedad de la Sra. Mirta Méndez Rodríguez C.I. Nº 1:876.324-8;
        RESULTANDO: 1°) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) corresponde aplicar una multa de 29,6820 U.R., según lo que establece el literal c, numeral 12, Art. 3 del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y c) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará una multa de 44.5230 U.R;
        2º) que se ha notificado de la multa a aplicarse, según consta a fs.62 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.222/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 29,6820 U.R. (veintinueve unidades reajustables con seis mil ochocientas veinte diezmilésimas) a la Sra. Mirta Méndez Rodríguez C.I. Nº 1:876.324-8, propietaria del inmueble empadronado con el Nº 12.884, sito en la calle Lima Nº 1500, con domicilio en el mismo, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir a la infractora que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 44,5230 U.R. (cuerenta y cuatro unidades reajustables con cinco mil doscientas treinta diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá a Expedición y Correo los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-