Resolución N° 712/10/4000
Nro de Expediente:
3220-001730-07
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
30/12/2010


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de 29,6820 U.R. al Sindicato Único de la Aguja, propietaria del inmueble empadronado con el Nº 8094, sito en la calle Río Negro Nº 1180.-

Montevideo, 30 de Diciembre de 2010.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas constatadas en el inmueble empadronado con el Nº 8.094, sito en la calle Río Negro Nº 1180, propiedad del Sindicato Único de la Aguja;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) dado el plazo transcurrido sin que se diera cumplimiento a lo intimado por Resolución Nº 329/10/4000 del 24/V/10, corresponde aplicar una multa de 29,6820 U.R, según lo que establece el Art. 3º, numeral 12, inciso c del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y b) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará una multa de 39,5760 U.R.;
        2º) que se ha notificado de la multa a aplicarse, según consta a fs. 57 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.092/10 del 12/VII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 29,6820 U.R. (veintinueve unidades reajustables con seis mil ochocientas veinte diezmilésimas) al Sindicato Único de la Aguja, propietaria del inmueble empadronado con el Nº 8094, sito en la calle Río Negro Nº 1180, con domicilio en el mismo, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir al infractor que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 39,5760 U.R. (treinta y nueve unidades reajustables con cinco mil setecientas sesenta diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá al Servicio de Expedición y Correo los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ELEONORA BIANCHI CASERTA, Directora General.-