Resolución N° 696/08/4000
Nro de Expediente:
4001-003115-08
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
17/10/2008


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar a un grupo de alumnos de Sexto año de la Escuela Nacional de Bellas Artes, el uso del pasaje del Parque Batlle, sito entre las Avdas. Ramón V. Benzano y Lorenzo Mérola, el 18 de octubre en el horario de 12:30 a 13:30 horas, para la realización de una actividad relativa al estudio e investigación del sonido como elemento plástico, posponiendose en caso de mal tiempo para el día 20 de octubre.-

Montevideo, 17 de Octubre de 2008.-
 
        VISTO: la solicitud de un grupo de alumnos de Sexto año de la Escuela Nacional de Bellas Artes, para que se le autorice el uso de un pasaje del Parque Batlle sito entre las Avdas. Ramón V. Benzano y Lorenzo Mérola, el 18 de octubre en el horario de 12:30 a 13:30 horas, para la realización de una actividad relativa al estudio e investigación del sonido como elemento plástico, posponiéndose en caso de mal tiempo para el día 20 de octubre en iguales condiciones;
        RESULTANDO: 1º) que la Junta Local de la Zona Nº 4 presta su conformidad;
        2º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada, responsabilizándose a los solicitantes de: a) cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y al cumplimiento del horario fijado; b) tomar las medidas necesarias para no poner en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; c) todo deterioro que se produzca en dicho predio como consecuencia de la actividad programada, debiendo restituirlo en correctas condiciones de limpieza, higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales y demás instalaciones, tanto a nivel de superficie o subterráneas; d) no utilizar los ornamentos vegetales u ornamentos como sostén de equipo sonoro, luminarias o carteles y que los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberá ajustarse a la normativa vigente; e) el cumplimiento de la normativa ambiental vigente, como prohibición de estacionar vehículos en la vereda y espacios verdes y f) efectuar las coordinaciones correspondientes con los Servicios Central de Inspección General y Centro Comunal Zonal Nº 4;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar a un grupo de alumnos de Sexto año de la Escuela Nacional de Bellas Artes, el uso del pasaje del Parque Batlle, sito entre las Avdas. Ramón V. Benzano y Lorenzo Mérola, el 18 de octubre en el horario de 12:30 a 13:30 horas, para la realización de una actividad relativa al estudio e investigación del sonido como elemento plástico, posponiéndose en caso de mal tiempo para el día 20 de octubre en iguales condiciones, responsabilizándose a los solicitantes de: a) cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y al cumplimiento del horario fijado; b) tomar las medidas necesarias para no poner en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; c) todo deterioro que se produzca en dicho predio como consecuencia de la actividad programada, debiendo restituirlo en correctas condiciones de limpieza, higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales y demás instalaciones, tanto a nivel de superficie o subterráneas; d) no utilizar los ornamentos vegetales u ornamentos como sostén de equipo sonoro, luminarias o carteles y que los decibeles del equipo de amplificación sonora deberá ajustarse a la normativa vigente; e) el cumplimiento de la normativa ambiental vigente, como prohibición de estacionar vehículos en la vereda y espacios verdes y f) efectuar las coordinaciones correspondientes con los Servicios Central de Inspección General y Centro Comunal Zonal Nº 4.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 4 y al Servicio Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General .-