Resolución N° 750/06/4000
Nro de Expediente:
4114-000755-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
22/8/2006


Tema:
MULTAS

Resumen:
Multa de 49,4700 U.R. por fallas constructivas a la Administración Nacional de Educación Pública en Felix Laborde N° 2439, Escuelas Nos. 44 y 73.-

Montevideo, 22 de Agosto de 2006.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas constatadas en el inmueble Padrón Nº 66.835, sito en la calle Félix Laborde Nº 2439, propiedad de la Administración Nacional de Educación Pública, (ANEP);
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) la infracción constatada se refiere a no dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 2º de la Resolución 569/04/4000 del 11/VI/04; b) dado el plazo transcurrido sin que se diera cumplimiento a lo intimado corresponde aplicar una multa de 49,4700 U.R., según lo que establece el Art. 3º, numeral 12, literal A, inciso e) del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y c) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará una multa de 49,4700 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.222/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 49,4700 U.R. (cuarenta y y nueve unidades reajustables con cuatro mil setecientas diezmilésimas) a la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), propietaria del inmueble Padrón Nº 66.835, sito en la calle Félix Laborde Nº 2439, con domicilio en la calle Soriano Nº 1045, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir a la infractora que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 49,4700 U.R. (cuarenta y nueve unidades reajustables con cuatro mil setecientas diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a la infractora, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-