Resolución N° 718/04/4000
Nro de Expediente:
4114-000823-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
9/7/2004


Tema:
MULTAS

Resumen:
Multa de 14,8410 U.R. a Onforel S.A. por fallas constructivas en 25 de Agosto Nos. 692/94.-

Montevideo, 9 de Julio de 2004.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas constatadas en el inmueble Padrón Nº 156.625, sito con frente a la calle 25 de Mayo Nos. 692/94, propiedad de ONFOREL S.A. RUC 21 340308 0015;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) se ha intimado a los propietarios a eliminar las fallas constructivas que afectan el inmueble y b) dado el plazo transcurrido sin que se diera cumplimiento a lo intimado corresponde aplicar una multa de 14,8410 U.R., según lo que establece el Art. 3º, numeral 12, literal A, inciso c) y los Arts. 21º y 22º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y d) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará una multa de 19,7880 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.478/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 14.8410 U.R.. (catorce unidades reajustables con ocho mil cuatrocientas diez diezmilésimas) ONFOREL S.A. RUC 21 340308 0015, propietaria del inmueble empadronado con el Nº 156.625, sito en la calle 25 de Mayo Nos. 692/94, con domicilio en la calle Río Branco Nº 1377 Esc. 503, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir a la infractora que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 19,7880 U.R. (diecinueve unidades reajustables con siete mil ochocientas ochenta diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a la infractora, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-