Resolución N° 7/12/4000
Nro de Expediente:
4149-001863-10
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
9/1/2012


Tema:
RATIFICACIONES

Resumen:
Se ratifica el Decreto Nº 34.018 del 15/XII/11 y se enajena el predio Padrón Nº 425.606, sito con frente a la Avda. Luis Braille esquina la calle Pintado, según Plano de Mensura del Ing. Agrim. Pablo Moraes, registrado con el Nº 44.152 del 29/VI/11 en la Dirección Nacional de Catastro, a la Cooperativa COVIMARZO 2009, para la construcción de 26 viviendas de interés social y un salón comunal.-

Montevideo, 9 de Enero de 2012.-
 
        VISTO: la facultad otorgada a esta Intendencia por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 34.018 del 15/XII/11 promulgado por Resolución Nº 8/12 del 2/I/12;
        RESULTANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que los motivos que originaron la Resolución Nº 5496/11 del 1/XII/11, mantienen su vigencia y oportunidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3089/10 del 12/VII/10, la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Enajenar el predio empadronado con el Nº 425.606, sito con frentes a la Avda. Luis Braille y a la calle Pintado, según Plano de Mensura del Ing. Agrim. Pablo Moraes, registrado con el Nº 44.152 el 29/VI/11 en la Dirección Nacional de Catastro, a la Cooperativa COVIMARZO 2009 para la construcción de 26 (veintiséis) viviendas de interés social y un salón comunal.-
        2º.- Establecer como precio de enajenación la suma de 3.311,6270 U.R. (tres mil trescientas once unidades reajustables con seis mil doscientas setenta diezmilésimas), siendo su forma de pago las condiciones previstas en la Reglamentación aprobada por Resolución Nº 2.791 del 19/VIII/94.-
        3º.- Pase al Servicio de Tierras y Viviendas.-

Arqta. LAURA METHOL, Directora General (I).-