Resolución N° 672/08/4000
Nro de Expediente:
3310-012352-08
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
6/10/2008


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Autorizar a la Sra. Diana Santucho C.I. N° 3.929.686-0, a llevar a cabo una actividad recreativa en la calle Susana Pintos entre Pasaje F y Pasaje C, Barrio 19 de Abril, el día 18/X/08 de 15:00 a 21:00 horas.-

Montevideo, 6 de Octubre de 2008.-
 
        VISTO: la solicitud de la Sra. Diana Santucho C.I. N° 3.929.686-0, para que se le conceda autorización para llevar a cabo una actividad recreativa en la calle Susana Pintos entre Pasaje F y Pasaje C, Barrio 19 de Abril, el día 18/X/08 de 15:00 a 21:00 horas;
        RESULTANDO: 1º) que la Junta Local de la Zona Nº 9 no tiene inconveniente en acceder a lo solicitado;
        2º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones no tiene objeciones que oponer a la solicitud planteada, se condiciona a que la gestionante deberá: a) cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y la normativa que regula la realización de espectáculos públicos, así como el horario autorizado, tomando todas medidas necesarias para no poner en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) responzabilizarse de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en el mismo estado en que lo recibe y en correctas condiciones de limpieza, higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales, césped y demás instalaciones del espacio tanto a nivel de superficie aéreo o subterráneo, prohibiéndosele terminantemente hacer uso de árboles u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles y que los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberá ajustarse a la normativa vigente; c) efectuar las coordinaciones que correspondan con los Servicios Central de Inspección General, Centro Comunal Zonal N° 9 y de Vigilancia y d) deberá tomar las medidas necesarias para una circulación peatonal segura en la zona donde se realiza el evento;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar a la Sra. Diana Santucho C.I. N° 3.929.686-0, a llevar a cabo una actividad recreativa en la calle Susana Pintos entre Pasaje F y Pasaje C, Barrio 19 de Abril, el día 18/X/08 de 15:00 a 21:00 horas; se condiciona a que la gestionante deberá: a) cumplir con las disposiciones municipales vigentes en cuanto a la utilización del espacio público solicitado y la normativa que regula la realización de espectáculos públicos, así como el horario autorizado, tomando todas medidas necesarias para no poner en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo los únicos responsables de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) responzabilizarse de todo deterioro que se produzca en dicho espacio público, debiendo restituirlo en el mismo estado en que lo recibe y en correctas condiciones de limpieza, higiene y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, especies vegetales, césped y demás instalaciones del espacio tanto a nivel de superficie aéreo o subterráneo, prohibiéndosele terminantemente hacer uso de árboles u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles y que los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberá ajustarse a la normativa vigente; c) efectuar las coordinaciones que correspondan con los Servicios Central de Inspección General, Centro Comunal Zonal N° 9 y de Vigilancia y d) deberá tomar las medidas necesarias para una circulación peatonal segura en la zona donde se realiza el evento;
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local de la Zona Nº 9 y al Servicio Central de Inspección General y pase a la Oficina Central de este Departamento para la notificación pertinente y demás efectos.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General .-