Resolución N° 754/07/4000
Nro de Expediente:
3350-002010-06
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
28/9/2007


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de 24,7350 U.R. a Alegre S.R.L. RUC 21 524866 0013, propietaria del inmueble empadronado con el Nº 52.141, sito en el Cno. Carlos María de Pena Nº 4370.-

Montevideo, 28 de Setiembre de 2007.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las obras sin permiso comprobadas en el inmueble empadronado con el Nº 52.141, sito en el Cno. Carlos María de Pena Nº 4370, propiedad de Alegre S.R.L. RUC 21 524866 0013;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) la infracción constatada se refiere a no dar cumplimiento a la intimaciones efectuadas por Cedulón N° 393929 y b) dado el plazo transcurrido sin que se diera cumplimiento a lo intimado, corresponde aplicar una multa de 24,7350 U.R., según lo que establece el numeral 3, inciso A del Artículo 15º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.222/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 24,7350 U.R. (veinticuatro unidades reajustables con siete mil trescientas cincuenta diezmilésimas) a Alegre S.R.L. RUC 21 524866 0013, propietaria del inmueble empadronado con el Nº 52.141, sito en el Cno. Carlos María de Pena Nº 4370, con domicilio en la calle Ellauri N° 1084/6, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a la infractora, advirtiéndole que dispone de un plazo de 10 (diez) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-