Resolución N° 693/07/4000
Nro de Expediente:
3390-003867-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
12/9/2007


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de 14,8410 U.R. al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, en la calle Pasaje de la Vía s/n entre los Nos. 4232 y 4236.-

Montevideo, 12 de Setiembre de 2007.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas constatadas en el inmueble empadronado con el Nº 183.134, sito en la calle Pasaje de la Vía s/n entre los Nos. 4232 y 4236, propiedad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) no ha dado cumplimiento a lo notificado por Cedulón Nº 376519 y b) dado el plazo transcurrido sin que diera cumplimiento a lo intimado corresponde aplicar una multa de 14,8410 U.R., según lo que establece el Art. 3º, numeral 12, literal A, inciso C, y los Arts. 21º y 22º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.222/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 14,8410 U.R. (catorce unidades reajustables con ocho mil cuatrocientas diez diezmilésimas) al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, propietario del inmueble empadronado con el Nº 183.134, sito en la calle Pasaje de la Vía s/n entre los Nos. 4232 y 4236, con domicilio en la calle Rincón Nº 561, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

SR. DANIEL ESPOSITO, Director General (I).-