Resolución N° 727/07/4000
Nro de Expediente:
4720-004806-07
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
21/9/2007


Tema:
PERMISO REMISE

Resumen:
Transferencia de remise matrícula Nº SRE-0171, a favor de ENACAR LTDA..-

Montevideo, 21 de Setiembre de 2007.-
 
        VISTO: la gestión promovida por el Sr. Miguel Angel Larrosa Acosta, tendiente a que se autorice la transferencia del permiso para la prestación del servicio de remise identificado con la matrícula Nº SRE-0171, al que está afectado el vehículo empadronado con el Nº 438.568, a favor de ENACAR LTDA;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Transporte Público informa que: a) los registros de la Sección Banco de Datos, determinan que la titularidad del permiso figura a nombre del actual permisario, que fue aprobado en la inspección anual obligatoria de 2006; b) en el presente caso, ambas partes han dado cumplimiento a los requisitos exigidos en la materia y c) la Sección Asesoramiento Legal, no encuentra objeciones que formular a la documentación aportada;
        2º) que la División Tránsito y Transporte de acuerdo con lo actuado, promueve el acto administrativo necesario para autorizar la transferencia solicitada;
        CONSIDERANDO: 1º) las disposiciones de los Arts. D.847 y R.514, del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal, procede proveer de conformidad;
        2º) que por Resolución Nº 3226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar transferencias de permisos de remises;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar, a favor de ENACAR LTDA, la transferencia del permiso para la prestación del servicio de remise identificado con la matrícula Nº SRE-0171, del que el Sr. Miguel Angel Larrosa Acosta, figura como titular y al que está afectado el vehículo empadronado con el Nº 438.568.-
        2º.- Establecer que se dispone de un plazo de 90 (noventa) días calendario a partir del siguiente a la notificación, para culminar los trámites de transferencia, al término del cual de no haber finalizado los mismos, quedará sin efecto la autorización concedida.-
        3º.- Pase al Servicio de Transporte Público a sus efectos.-

ESC. HYARA RODRIGUEZ, Directora General.-