Resolución N° 684/99/4000
Nro de Expediente:
414-000863-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
22/4/1999


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar multa 14,8410 U.R., Aforil S.A., fallas constructivas Defensa Nº 2374.-

Montevideo, 22 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas en el inmueble sito en la calle Defensa Nº 2374, propiedad de Aforil S.A., R.U.C. 21 270447 0010 ;
        RESULTANDO: que el Servicio de Contralor de Edificaciones informa que: a) no se dio cumplimiento a lo intimado por lo que corresponde aplicar una multa de 14,8410 U.R. (catorce unidades reajustables con ocho mil cuatrocientas diez diezmilésimas), según lo que establece el literal A, inciso d), numeral 12, Art. 3º del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84 y b) si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario se aplicará una multa de 22,2615 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 581/95 del 20/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 14,8410 U.R. (catorce unidades reajustables con ocho mil cuatrocientas diez diezmilésimas), a Aforil S.A. R.U.C. 21 270447 0010, propietaria del inmueble sito en la calle Defensa Nº 2374, con domicilio en la calle Carlos Reyles Nº 1837, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir al infractor que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 22,2615 U.R. (veintidós unidades reajustables con dos mil seiscientas quince diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio de Gestión de Cobro de Morosos y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

Ing. ALBERTO ORTEGA, Director General .-